IEE vs ITE para comunidades en Madrid y Comunidad de Madrid
Las inspecciones técnicas de edificios en España, especialmente en ciudades como Madrid, generan dudas frecuentes entre dos documentos fundamentales: la ITE (Inspección Técnica del Edificio) y el IEE (Informe de Evaluación del Edificio). Aunque están relacionadas, cumplen funciones distintas, se exigen en momentos diferentes y tienen implicaciones normativas importantes para comunidades y propietarios.
En Dirección Facultativa realizamos y tramitamos tanto la ITE como el IEE en Madrid, garantizando un análisis técnico riguroso, la correcta presentación ante el Ayuntamiento y el asesoramiento necesario para planificar rehabilitaciones o solicitar ayudas públicas.
En esta guía te explicamos de manera clara y práctica en qué se diferencia la ITE del IEE, cuándo es obligatoria cada una, qué se revisa en cada informe, para qué sirven y qué ocurre si no se presentan.
¿Qué es la ITE? Inspección Técnica del Edificio
La Inspección Técnica del Edificio (ITE) es una revisión obligatoria que evalúa el estado general de conservación, seguridad estructural y estabilidad del inmueble. Su objetivo es detectar patologías que puedan generar riesgos para los usuarios o para la vía pública.
La ITE revisa principalmente:
- Estructura del edificio (vigas, pilares, forjados).
- Fachadas, aplacados, ladrillo visto y elementos susceptibles de desprendimiento.
- Cubiertas, azoteas, impermeabilizaciones y bajantes.
- Sistemas de saneamiento y evacuación de aguas.
- Accesibilidad básica del edificio.
En Madrid, la ITE es obligatoria en edificios con más de 30 años y debe repetirse cada 10 años. Es el control mínimo que cualquier comunidad está obligada a cumplir.
¿Qué es el IEE? Informe de Evaluación del Edificio
El Informe de Evaluación del Edificio (IEE) amplía el alcance de la ITE e incorpora dos bloques adicionales muy relevantes:
- Accesibilidad: ascensores, itinerarios accesibles, rampas, barreras arquitectónicas.
- Eficiencia energética: certificado energético completo del edificio.
El IEE es obligatorio para edificios de más de 50 años o siempre que la comunidad solicite ayudas públicas de rehabilitación (incluidas ayudas Next Generation).
En resumen: la ITE verifica la seguridad del edificio y el IEE evalúa además accesibilidad y eficiencia energética. Ambos son fundamentales para mantener un edificio en condiciones seguras y cumplir con la normativa vigente.
ITE vs IEE: diferencias principales
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Requisitos legales:
• ITE: obligatoria a partir de 30 años (Madrid).
• IEE: obligatorio a partir de 50 años o para solicitar subvenciones. -
Ámbito de revisión:
• ITE: conservación, estructura, fachadas, cubiertas.
• IEE: añade accesibilidad + eficiencia energética + certificación completa. -
Finalidad:
• ITE: garantizar la seguridad y detectar riesgos.
• IEE: evaluación integral y acceso a ayudas. -
Documentación generada:
• ITE: informe técnico de conservación.
• IEE: informe completo + certificado energético obligatorio. -
Registro:
Ambos deben presentarse ante el Ayuntamiento de Madrid y quedar validados oficialmente.
Estas diferencias convierten al IEE en un documento más completo y esencial para planificar rehabilitaciones.
¿Qué pasa si no se presenta la ITE o el IEE?
Las consecuencias pueden afectar directamente a la comunidad:
- Multas y sanciones por parte del Ayuntamiento.
- Órdenes de ejecución obligatoria de obras.
- Responsabilidad civil o penal en caso de desprendimientos o daños.
- Imposibilidad de solicitar ayudas de rehabilitación.
- Retrasos o bloqueos en compraventas de viviendas.
En Dirección Facultativa realizamos inspección, informe técnico, registro municipal y asesoramiento para planificar las obras recomendadas.
¿Cuál necesita tu edificio: ITE o IEE?
- Edificios de 30 a 49 años: corresponde ITE.
- Edificios de 50 años o más: corresponde IEE obligatorio.
- Si quieres solicitar ayudas: necesitas IEE sí o sí.
- Si hay dudas de accesibilidad: recomendable IEE.
Una visita técnica inicial permite determinar qué documento corresponde y cómo gestionarlo correctamente.
¿Cuánto cuesta la ITE o el IEE?
Los precios dependen del tamaño, número de viviendas y complejidad de la inspección. Como referencia habitual:
- ITE en edificios pequeños: desde 250 € + IVA.
- ITE en edificios medianos: entre 350 € y 550 € + IVA.
- IEE completo con Certificado Energético: desde 650 € + IVA.
Incluye inspección, informe técnico, registro municipal y asesoramiento sobre patologías detectadas.
Conclusión
La ITE y el IEE son documentos imprescindibles para garantizar la seguridad, accesibilidad y eficiencia energética de un edificio. Conocer sus diferencias ayuda a las comunidades a cumplir la normativa, evitar sanciones y preparar rehabilitaciones con criterio técnico.
En Dirección Facultativa Madrid contamos con técnicos especialistas en inspecciones de edificios, tramitación municipal y certificación energética. Gestionamos todo el proceso de forma ágil y clara.
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